martes, 5 de enero de 2016

Crea un Mini-holding para crecer tu negocio.






En su acepción más básica, el holding es una sociedad de sociedades. En función de la situación de partida, puede servir para disgregar en varias una empresa según sus diferentes líneas, pensemos en una bodega que ha diversificado abriendo varios negocios de hostelería y pequeñas tiendas de alimentación, de este modo el holding va a permitir contar con una empresa para cada actividad al mismo tiempo que se controlan todas ellas desde la sociedad matriz. Quizá más habitual sea la situación de partida contraria, por ejemplo: un emprendedor del negocio de la publicidad ha diversificado creando una sociedad editorial, una central de compras y finalmente otra de aplicaciones móviles. Él es socio mayoritario en cada una de ellas, pero cuenta con varios compañeros de viaje con participaciones en una o varias empresas.
En este caso la sociedad holding aportará grandes ventajas, la única condición de partida es que la sociedad matriz tenga otra participada. Digámoslo abiertamente, lo más habitual es que detrás de un holding haya un interés por optimizar las obligaciones con el fisco, pagar menos. Es una opción empresarial que establece la normativa y como tal, perfectamente lícita y recomendable para quien tenga la capacidad de cumplir con los requisitos, por lo que no se debe perder es la oportunidad, más sabiendo que su coste de constitución es muy limitado.
Sin desdeñar las ventajas  fiscales, las más populares, todos los expertos coinciden en señalar que esta es una visión limitada de la figura del holding. Sin duda su mayor ventaja es permitir construir una planeación estratégica, de este modo desde la cabecera del grupo es más fácil vigilar y analizar la marcha real de todas las actividades que se desarrollan. Da una oportunidad de transformación para la empresa o empresas de las que parte de modo que puedan buscar una posición competitiva válida individual.
¿Por qué crear un holding?
Queramos o no, la empresa es un ente vivo en constante transformación: se diversifica la actividad, se fundan nuevas sociedades, se da entrada a socios... Si no se cuida, el resultado será el de un grupo desorganizado, y crear una sociedad holding permite reestructurar el entramado societario de forma definitiva, con relativa sencillez y sin grandes inversiones adicionales. Y desde el punto de vista personal de los socios, servirá para organizar su patrimonio en torno a una única sociedad.
Ganar eficiencia. La estructura holding también sirve “para hacer más cosas y de forma más eficiente”. Una de sus ventajas es la centralización de todos los servicios desde la sociedad matriz, evitando redundancias, optimizando costos y beneficiándose de las economías de escala.
“Cuando diferentes actividades se gestionan desde una única empresa puede que la decisión que favorece a un negocio perjudique al otro y finalmente se tienda a no hacer nada. Con una estructura holding se gana en agilidad, es muy probable que a una línea de negocio le convenga buscar un socio tecnológico y a otro uno financiero, pero también puede que debamos vender. De este modo podemos tomar las decisiones particulares adecuadas sin que las otras sociedades se vean afectadas”.
¿Cómo se constituye?
Por muy obvio que resulte decirlo, hay que destacar que cada caso es diferente. Para decidir si el holding es la respuesta definitiva, hay que hacer un estudio previo y contar con la asesoría de un experto.
Relación económica. Más que por el volumen de facturación de las empresas depende de la relación económica que se establezca entre ellas, así un conjunto de empresas con una facturación menor al millón de dolares puede justificar una estructura holding si las diferentes sociedades necesitan del traspaso de capital habitual y de su unión resulta una oferta global con la que presentarnos al mercado de una forma más competitiva. De otro modo, un conjunto de sociedades con una facturación de cinco millones de dolares, formado por empresas de solvencia comprobada que no tienen relación financiera ni de actividad, probablemente, requeriría de otra solución.
  
Constitución.  La formalización del holding no se diferencia de la constitución de cualquier otra sociedad anónima o limitada, por lo que el paso por la notaría y el Registro Mercantil es obligado. Cada socio realizará sus aportaciones en bienes, participaciones en las empresas o efectivo, que se valorarán en cada caso para finalmente cuantificar el porcentaje accionarial que representa sobre el total de la sociedad holding, propietaria de todos los bienes. Pero podemos considerar lo siguiente:
- Política de distribución de dividendos entre los socios.
- Compraventa de participaciones y entrada y salida de socios.
- Los órganos de gestión y control de la compañía.
- Los acuerdos o sindicación de acciones a la hora de la compraventa de las participaciones y de la formulación de mayorías.
¿Qué condiciones debo cumplir?
Es la exigencia básica que nos va a hacer la Administración, y no: el ahorro de impuestos no se incluye en su casuística. “No se toma la decisión para pagar menos, sino para mejorar la gestión”. Algunos de los motivos a argumentar son facilitar la diversificación de actividad, ofrecer una imagen de marca única para competir en el mercado, tener el tamaño adecuado para acceder a concursos públicos o privados con más garantía de éxito u organizarse para comercializar mejor los servicios y productos.
Medios materiales y humanos. Deberás demostrar que la sociedad holding cuenta con una estructura propia e independiente, con un local y personal contratado, una persona como mínimo. De otro modo, será considerada como una sociedad tenedora de participaciones, la antigua sociedad patrimonial. Te gustará saber que con la nueva normativa, en vigor desde este 2015, la holding sí que puede ubicarse en las instalaciones de otra de las sociedades del grupo, pero con un espacio habilitado para ella.
 
La mayoría de los derechos de voto. Quien promueve la sociedad holding debe tener en propiedad más de la mitad del accionariado, y si se quiere acceder al régimen de consolidación fiscal (como veremos a continuación, la figura que realmente permite el acceso a las ventajas fiscales), ese porcentaje en propiedad debe ser del 75% (del 70% en el caso de sociedades cotizadas) sobre todas y cada una de las sociedades que van a participar en el holding.
¿Qué ventajas organizativas tengo?
A la hora de sentarse a negociar con un banco no es lo mismo exhibir la contabilidad de una única empresa que la de un grupo, lo que te puede permitir escapar del recortado margen de negociación de la sucursal de barrio para ser atendido desde servicios centrales. Lo mismo ocurre en la negociación con proveedores (factura de luz, gestoría, etc.) o acreedores.
Nuevas oportunidades de negocio. Mostrar músculo abre oportunidades de negocio, por ejemplo, en la licitación de concursos públicos y privados en los que una estructura holding que cubre todo el proceso de los servicios solicitados parte con ventaja. “Te abre las puertas para jugar en otra liga”. Veamos un ejemplo: pensemos en una empresa dedicada al cultivo de césped que, más tarde, se especializó en el cuidado del manto verde en campos de fútbol con la creación de una segunda sociedad. Con una estructura holding le resultará más sencillo ampliar el recorrido de su oferta a la gestión de prados verdes para urbanizaciones y municipios, ya que cubre todas las fases del servicio negociando desde una única sociedad.
Es una figura flexible. La confusión de los muchos empresarios que asocian el holding a una estructura rígida: “Es un elemento adaptable, que permite tanto dar entrada a nuevos socios como salida, según las necesidades de cada momento y con tan sólo hacer un nuevo reparto de las acciones”.
Imagen de operador profesionalizado. “Todo el mundo es consciente de que un holding requiere de una mayor complejidad de gestión, más profesionalizada, lo que te diferencia de una mayoría de las pymes del mercado o de la típica empresa familiar de ‘Hijos de...’. Se gana en términos de marketing, branding y presencia en Internet y redes sociales”.  
Economías de escala. Permite producir más sin incrementar el capital o la carga de trabajo, gracias a las sinergias derivadas de una administración y negociación centralizadas: mayor operativa en toma de decisiones o descuentos en proveedores. Además, es común que se genere cierta redundancia en puestos de trabajo.
Ventajas fiscales: El régimen de consolidación fiscal
Una de las grandes virtudes de la sociedad holding son, sin duda, las ventajas fiscales, y buena parte de ellas va a depender de la posibilidad que tenga para acogerse al régimen de consolidación fiscal. Sus exigencias superan a las de la constitución del propio holding, ya que es necesario que la sociedad matriz ostente un mínimo del 75% de la participación accionarial, de este modo pasará a ser tratada como un único sujeto pasivo de cara al Impuesto sobre Sociedades. Si cumples con el requisito, tendrás premio:
Compensación de pérdidas. Permite que las posibles pérdidas de una determinada sociedad sean compensadas por la que aporta beneficios en ese mismo ejercicio fiscal. En la práctica la compensación por pérdida implica un aplazamiento del pago a la Hacienda Pública, lo que concede una mayor liquidez, y después de estos años de escasez, no hace falta redundar en lo importante que es disponer de efectivo.
Documentación de operaciones. De cara al fisco, la inversión de una sociedad a otra o cualquier tipo de compraventa son consideradas como operaciones vinculadas, con lo que las empresas que se acogen al paraguas de la consolidación fiscal no están obligadas a documentar cada una de ellas, con el consiguiente ahorro administrativo
y de costos.
 Beneficios fiscales aprovechados. ”Todo el grupo podrá beneficiarse de determinadas deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades que de otro modo podría perder porque la empresa beneficiaria, por ejemplo, ha perdido su derecho al estar en pérdidas”. De este modo, el holding sí puede cumplir con todos los requisitos y verse  beneficiado de esa ayuda recibida en concepto de inversiones en I+D+i, en la industria
cultural o por contratación de personal
con minusvalías.
Otras ventajas. sucesión y financiación
En muchas ocasiones la sociedad holding se impulsa con el objetivo de facilitar y abaratar la sucesión generacional de las empresas y/o el traspaso de participaciones accionariales intervivos (de padres a hijos, por ejemplo), lo que la convierte en una figura muy común en la empresa familiar. En esencia, la sociedad holding (con independencia de si consolida o no fiscalmente) facilita una reducción de hasta el 95% de la base imponible sobre la que se calcula el Impuesto sobre Sucesiones: para acogerse a este rebaja, un grupo familiar no organizado debe demostrar el cumplimiento de cada uno de los requisitos en cada una de las sociedades, mientras que con la estructura holding sólo lo deberá hacer la sociedad matriz.
Gestión de la financiación.
En un grupo de empresas no organizado es muy habitual que unas sociedades inyecten dinero en otras. Sin embargo, una parte de ese capital nunca llegará a la empresa destinataria, mientras que desde la sociedad holding se puede hacer un reparto en función de las necesidades de cada sociedad, por ejemplo, vía ampliación de capital.


Equipo IPCE 
@ipcemx 

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