En su acepción más básica, el holding es una sociedad de
sociedades. En función de la situación de partida, puede servir para
disgregar en varias una empresa según sus diferentes líneas, pensemos en una
bodega que ha diversificado abriendo varios negocios de hostelería y pequeñas
tiendas de alimentación, de este modo el holding va a permitir contar con una
empresa para cada actividad al mismo tiempo que se controlan todas ellas desde
la sociedad matriz. Quizá más habitual sea la situación de partida contraria,
por ejemplo: un emprendedor del negocio de la publicidad ha diversificado
creando una sociedad editorial, una central de compras y finalmente otra de
aplicaciones móviles. Él es socio mayoritario en cada una de ellas, pero cuenta
con varios compañeros de viaje con participaciones en una o varias empresas.
En este caso la sociedad holding aportará grandes ventajas,
la única condición de partida es que la sociedad matriz tenga otra participada.
Digámoslo abiertamente, lo más habitual es que detrás de un holding haya un
interés por optimizar las obligaciones con el fisco, pagar menos. Es una opción
empresarial que establece la normativa y como tal, perfectamente lícita y
recomendable para quien tenga la capacidad de cumplir con los requisitos, por
lo que no se debe perder es la oportunidad, más sabiendo que su coste de
constitución es muy limitado.
Sin desdeñar las ventajas fiscales, las más populares, todos los
expertos coinciden en señalar que esta es una visión limitada de la figura del
holding. Sin duda su mayor ventaja es permitir construir una planeación estratégica,
de este modo desde la cabecera del grupo es más fácil vigilar y analizar la
marcha real de todas las actividades que se desarrollan. Da una oportunidad de
transformación para la empresa o empresas de las que parte de modo que puedan
buscar una posición competitiva válida individual.
¿Por qué crear un holding?
Queramos o no, la empresa es un ente vivo en constante transformación:
se diversifica la actividad, se fundan nuevas sociedades, se da entrada a socios...
Si no se cuida, el resultado será el de un grupo desorganizado, y crear una
sociedad holding permite reestructurar el entramado societario de forma
definitiva, con relativa sencillez y sin grandes inversiones adicionales. Y
desde el punto de vista personal de los socios, servirá para organizar su
patrimonio en torno a una única sociedad.
Ganar eficiencia. La estructura holding también
sirve “para hacer más cosas y de forma más eficiente”. Una de sus ventajas es
la centralización de todos los servicios desde la sociedad matriz, evitando
redundancias, optimizando costos y beneficiándose de las economías de escala.
“Cuando diferentes actividades se gestionan desde una única empresa
puede que la decisión que favorece a un negocio perjudique al otro y finalmente
se tienda a no hacer nada. Con una estructura holding se gana en agilidad, es
muy probable que a una línea de negocio le convenga buscar un socio tecnológico
y a otro uno financiero, pero también puede que debamos vender. De este modo
podemos tomar las decisiones particulares adecuadas sin que las otras
sociedades se vean afectadas”.
Por muy obvio que resulte decirlo, hay que destacar que cada caso es
diferente. Para decidir si el holding es la respuesta definitiva, hay que hacer
un estudio previo y contar con la asesoría de un experto.
Relación económica. Más que por el volumen de
facturación de las empresas depende de la relación económica que se establezca
entre ellas, así un conjunto de empresas con una facturación menor al millón de
dolares puede justificar una estructura holding si las diferentes sociedades
necesitan del traspaso de capital habitual y de su unión resulta una oferta
global con la que presentarnos al mercado de una forma más competitiva. De otro
modo, un conjunto de sociedades con una facturación de cinco millones de
dolares, formado por empresas de solvencia comprobada que no tienen relación
financiera ni de actividad, probablemente, requeriría de otra solución.
Constitución. La formalización del holding no se diferencia de la constitución de cualquier otra sociedad anónima o limitada, por lo que el paso por la notaría y el Registro Mercantil es obligado. Cada socio realizará sus aportaciones en bienes, participaciones en las empresas o efectivo, que se valorarán en cada caso para finalmente cuantificar el porcentaje accionarial que representa sobre el total de la sociedad holding, propietaria de todos los bienes. Pero podemos considerar lo siguiente:
- Política de distribución de dividendos entre los socios.
- Compraventa de participaciones y entrada y salida de socios.
- Los órganos de gestión y control de la compañía.
- Los acuerdos o sindicación de acciones a la hora de la compraventa de las participaciones y de la formulación de mayorías.
- Compraventa de participaciones y entrada y salida de socios.
- Los órganos de gestión y control de la compañía.
- Los acuerdos o sindicación de acciones a la hora de la compraventa de las participaciones y de la formulación de mayorías.
Es la exigencia básica que nos va a hacer la Administración, y no: el
ahorro de impuestos no se incluye en su casuística. “No se toma la decisión
para pagar menos, sino para mejorar la gestión”. Algunos de los motivos a
argumentar son facilitar la diversificación de actividad, ofrecer una imagen de
marca única para competir en el mercado, tener el tamaño adecuado para acceder
a concursos públicos o privados con más garantía de éxito u organizarse para
comercializar mejor los servicios y productos.
Medios materiales y humanos. Deberás demostrar que la sociedad
holding cuenta con una estructura propia e independiente, con un local y
personal contratado, una persona como mínimo. De otro modo, será considerada
como una sociedad tenedora de participaciones, la antigua sociedad patrimonial.
Te gustará saber que con la nueva normativa, en vigor desde este 2015, la
holding sí que puede ubicarse en las instalaciones de otra de las sociedades
del grupo, pero con un espacio habilitado para ella.
La mayoría de los derechos de voto. Quien promueve la sociedad holding debe tener en propiedad más de la mitad del accionariado, y si se quiere acceder al régimen de consolidación fiscal (como veremos a continuación, la figura que realmente permite el acceso a las ventajas fiscales), ese porcentaje en propiedad debe ser del 75% (del 70% en el caso de sociedades cotizadas) sobre todas y cada una de las sociedades que van a participar en el holding.
A la hora de sentarse a negociar con un banco no es lo mismo exhibir la
contabilidad de una única empresa que la de un grupo, lo que te puede permitir
escapar del recortado margen de negociación de la sucursal de barrio para ser
atendido desde servicios centrales. Lo mismo ocurre en la negociación con
proveedores (factura de luz, gestoría, etc.) o acreedores.
Nuevas oportunidades de negocio. Mostrar músculo abre
oportunidades de negocio, por ejemplo, en la licitación de concursos públicos y
privados en los que una estructura holding que cubre todo el proceso de los
servicios solicitados parte con ventaja. “Te abre las puertas para jugar en
otra liga”. Veamos un ejemplo: pensemos en una empresa dedicada al cultivo de
césped que, más tarde, se especializó en el cuidado del manto verde en campos
de fútbol con la creación de una segunda sociedad. Con una estructura holding
le resultará más sencillo ampliar el recorrido de su oferta a la gestión de
prados verdes para urbanizaciones y municipios, ya que cubre todas las fases
del servicio negociando desde una única sociedad.
Es una figura flexible. La confusión de los muchos
empresarios que asocian el holding a una estructura rígida: “Es un elemento
adaptable, que permite tanto dar entrada a nuevos socios como salida, según las
necesidades de cada momento y con tan sólo hacer un nuevo reparto de las
acciones”.
Imagen de operador profesionalizado. “Todo el mundo
es consciente de que un holding requiere de una mayor complejidad de gestión,
más profesionalizada, lo que te diferencia de una mayoría de las pymes del
mercado o de la típica empresa familiar de ‘Hijos de...’. Se gana en términos
de marketing, branding y presencia en Internet y redes sociales”.
Economías de escala. Permite producir más sin
incrementar el capital o la carga de trabajo, gracias a las sinergias derivadas
de una administración y negociación centralizadas: mayor operativa en toma de
decisiones o descuentos en proveedores. Además, es común que se genere cierta
redundancia en puestos de trabajo.
Una de las grandes virtudes de la sociedad holding son, sin duda, las
ventajas fiscales, y buena parte de ellas va a depender de la posibilidad que
tenga para acogerse al régimen de consolidación fiscal. Sus exigencias superan
a las de la constitución del propio holding, ya que es necesario que la
sociedad matriz ostente un mínimo del 75% de la participación accionarial, de
este modo pasará a ser tratada como un único sujeto pasivo de cara al Impuesto
sobre Sociedades. Si cumples con el requisito, tendrás premio:
Compensación de pérdidas. Permite que las posibles pérdidas
de una determinada sociedad sean compensadas por la que aporta beneficios en
ese mismo ejercicio fiscal. En la práctica la compensación por pérdida implica
un aplazamiento del pago a la Hacienda Pública, lo que concede una mayor
liquidez, y después de estos años de escasez, no hace falta redundar en lo
importante que es disponer de efectivo.
Documentación de operaciones. De cara al fisco, la inversión de
una sociedad a otra o cualquier tipo de compraventa son consideradas como
operaciones vinculadas, con lo que las empresas que se acogen al paraguas de la
consolidación fiscal no están obligadas a documentar cada una de ellas, con el
consiguiente ahorro administrativo
y de costos.
y de costos.
Beneficios fiscales aprovechados. ”Todo el grupo podrá beneficiarse de determinadas deducciones
fiscales en el Impuesto de Sociedades que de otro modo podría perder porque la
empresa beneficiaria, por ejemplo, ha perdido su derecho al estar en pérdidas”.
De este modo, el holding sí puede cumplir con todos los requisitos y
verse beneficiado de esa ayuda recibida en concepto de inversiones en
I+D+i, en la industria
cultural o por contratación de personal
con minusvalías.
cultural o por contratación de personal
con minusvalías.
En muchas ocasiones la sociedad holding se impulsa con el objetivo de
facilitar y abaratar la sucesión generacional de las empresas y/o el traspaso
de participaciones accionariales intervivos (de padres a hijos, por ejemplo),
lo que la convierte en una figura muy común en la empresa familiar. En esencia,
la sociedad holding (con independencia de si consolida o no fiscalmente)
facilita una reducción de hasta el 95% de la base imponible sobre la que se
calcula el Impuesto sobre Sucesiones: para acogerse a este rebaja, un grupo
familiar no organizado debe demostrar el cumplimiento de cada uno de los
requisitos en cada una de las sociedades, mientras que con la estructura
holding sólo lo deberá hacer la sociedad matriz.
Gestión de la financiación.
En un grupo de empresas no organizado es muy habitual que unas sociedades inyecten dinero en otras. Sin embargo, una parte de ese capital nunca llegará a la empresa destinataria, mientras que desde la sociedad holding se puede hacer un reparto en función de las necesidades de cada sociedad, por ejemplo, vía ampliación de capital.
En un grupo de empresas no organizado es muy habitual que unas sociedades inyecten dinero en otras. Sin embargo, una parte de ese capital nunca llegará a la empresa destinataria, mientras que desde la sociedad holding se puede hacer un reparto en función de las necesidades de cada sociedad, por ejemplo, vía ampliación de capital.
Equipo IPCE
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